Desde hace un tiempo, y sobre todo ante la creciente demanda de la realización de reformas integrales en edificios de viviendas, se oyen comentarios sobre si es reglamentario usar el tubo rojo corrugado de doble pared. Vamos a aclarar cuándo es correcta su instalación.
Este tubo, según las características que ofrecen la mayoría de fabricantes, no es no propagador de la llama.
El Reglamento, en su ITC-BT-21 Instalaciones interiores o receptoras. Tubos y canales protectoras, establece entre las características del tubo, que éste debe ser no propagador de la llama para los siguientes sistemas de instalación:
- Tubos en canalizaciones fijas en superficie.
- Tubos en canalizaciones empotradas.
- Canalizaciones aéreas o con tubos al aire.
Sin embargo, para tubos en canalizaciones enterradas no exige dicha característica.
Por tanto, y mientras el fabricante no declare que el tubo es no propagador de la llama, solo se debe usar el tubo rojo corrugado de doble pared para canalizaciones enterradas.
No se consideran instalaciones enterradas los tubos empotrados en obra de fabrica (paredes, techos y falsos techos), huecos de la construcción, canales protectoras de obra, tubos empotrados embebidos en hormigón o canalizaciones ordinarias precableadas destinadas a ser empotradas en ranuras realizadas en obra de fabrica.
Como siempre, esperamos haberos sido de utilidad y agradeceremos cualquier comentario.
Un abrazo.